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29 de febrero de 2012

Concejal Felipe Pérez anticipa que votará negativo proyectos 001, 002 y 003 de alcaldesa Portela


Por considerar que no es apropiado ni conveniente para la ciudad conceder autorizaciones generales a la alcaldesa, sin una explicación concreta y específica, el concejal por el Polo Democrático Alternativo Felipe Andrés Pérez Cabrera, votará negativo las iniciativas dejando constancia escrita de su decisión. Se trata de los proyectos de acuerdo 001 y 003 de 2012.En el caso del proyecto 002, habrá también voto negativo por parte del Concejal Pérez, porque la Administración, a criterio del concejal, debe brindar a la Corporación toda la información que sea necesaria para tomar decisiones responsables y legales. Además, en este caso, el concejal ha pedido que la Administración explique mediante qué acto administrativo se formalizó la relación comercial y económica entre el Municipio de Florencia y las empresas Servaf S. A. E.S.P., Servintegral S. A. E.S.P. y Esac S. A. E.S.P.

También ha pedido el concejal Pérez que tanto la alcaldesa Portela Lozada como los representantes legales de las empresas aclaren qué relación existe entre éstas y los representantes Álvaro Pacheco, Luis Antonio Serrano y la ex alcaldesa Gloria Patricia Farfán.

Desde el 22 de febrero, cuando fueron dados a conocer los proyectos, el Pérez Cabrera solicitó por derecho de petición información adicional sobre los mismos, pero la Alcaldesa aún no reponde.

El siguiente es el texto completo de la constancia que el concejal Pérez Cabrera radicará hoy en la plenaria del Concejo:

Florencia, 29 de febrero de 2012

Señores
CONCEJO MUNICIPAL DE FLORENCIA
Atentamente Manuel Medina Retavisca
Presidente

Cordial saludo.

En relación con el estudio y aprobación de los proyectos 001, 002 y 003 de 2012 presentados por la señora alcaldesa María Susana Portela Lozada, dejo constancia de las razones por las cuales voto negativo las iniciativas.

1. En primer lugar, con fecha 22 de febrero solicité por escrito a la Alcaldesa explicaciones amplias y suficientes sobre cómo tiene planeado la Administración emplear las autorizaciones que solicita en los proyectos 001 y 003, más allá de las generalidades de la exposición de motivos que acompaña cada una de las iniciativas. No recibí respuesta alguna.

Insisto en la necesidad de que la Administración informe a la Corporación para qué proyectos, convenios o contratos necesita las autorizaciones solicitadas; qué rubros y qué cuantías se modificarán en el presupuesto general (Acuerdo 026 de 2011); valor de los créditos y contra créditos a tramitar y su destinación específica.

El concejo es coadministrador y tiene la obligación legal y moral de estar informado de la marcha general del municipio para ejercer su tarea en forma responsable y legal.

Infortunadamente, la exposición de motivos es vaga como lo es --con todo respeto--, el Plan de Gobierno de la señora alcaldesa, porque uno y otro son una lista de generalidades o como se dice en el argot popular “un canto a la bandera”.

Florencia tiene históricamente, una experiencia negativa cuando su Concejo Municipal ha entregado a ciegas o motivado por intereses distintos del servicio público y el bien general, autorizaciones o facultades generales a sus mandatarios. Las investigaciones que hoy conocemos de los organismos de control y de la Justicia, demuestran que tengo razón en insistir que la Corporación solo debería de aprobar las iniciativas previas explicaciones precisas y específicas de la Administración, tal como yo solicité.

2. Respecto del proyecto de Acuerdo 002, mi voto es negativo, en primer lugar, porque la Administración no entregó a la Corporación información sustancial e indispensable para un juicio racional, razonable, serio, responsable y legal.

Insisto que el Concejo debe conocer en detalle los balances presentados por las empresas Servaf S. A. E.S.P., Servintegral S. A. E.S.P. y Esac S. A. E.S.P., con base en los cuales se calcularon los factores o porcentajes de subsidios y de aportes solidarios. Y con mayor razón, conocer la situación jurídica y de legalidad de éstas empresas, así como los convenios o contratos u otro acto administrativo vigente con el Municipio de Florencia por medio del cual se formaliza la relación comercial de estas empresas privadas y la entidad territorial.

De otra parte, es absolutamente necesaria para la transparencia de nuestras actuaciones, que tanto la Alcaldesa como los representantes legales de las empresas Servaf S. A. E.S.P., Servintegral S. A. E.S.P. y Esac S. A. E.S.P., aclaren quienes son los accionistas o socios actuales, cuándo y cómo se crearon, con qué capital y qué nexos existen entre estas empresas y los representantes a la Cámara del Congreso de la República Álvaro Pacheco Álvarez y Luis Antonio Serrano y sus familias.

También debe explicar la Administración porque razones no sometió a licitación pública la prestación del servicio como lo ordenan las leyes 632 de 2000 y 689 de 2001 y sus decretos reglamentarios. Y de alegarse el principio de la “libre competencia y concurrencia de operadores”, la Administración debe justificar de forma cierta, material y concreta, porqué lo aplica.

Atentamente

FELIPE ANDRÉS PÉREZ CABRERA
C. C. 7.729.457
Concejal Tel. móvil 314-324-6089 / concejalfelipe@yahoo.com / correoamazonico@gmail.com

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